Buscando sobre el n煤cleo zool贸gico he encontrado esto, espero que sea de ayuda para otras personas:
N煤cleos zool贸gicos
(Regulado por la Orden de 28 de noviembre de 1988, de creaci贸n del Registro de N煤cleos Zool贸gicos de Catalunya)
OBJETIVOS
QUIEN EST脕 OBLIGADO A REGISTRARSE
REQUISITOS QUE HAN DE CUMPLIR
DOCUMENTACI脫N NECESARIA PARA REGISTRARSE
LIBRO DE REGISTRO
Objetivos
Se definen como n煤cleo zool贸gico todos aquellos centros y establecimientos que albergan, comercializan, tratan y reproducen animales. El objetivo de establecer la obligatoriedad de este Registro es dar cumplimiento al que establece la Ley 22/2003, de 4 de julio, de protecci贸n de los animales, en el sentido de asegurar la protecci贸n y el mantenimiento en condiciones adecuadas de los animales alojados en estos centros y establecimientos.
Quien est谩 obligado a registrarse
El Registro de N煤cleos Zool贸gicos se estructura en cuatro secciones, dependiendo del tipo de animales que se alojan en estos centros y establecimientos y de las actividades que se desarrollan:
Secci贸n de n煤cleos zool贸gicos propiamente dichos: todos aquellos centros i/o establecimientos que albergan colecciones zool贸gicas de animales de la fauna salvaje con finalidades cient铆ficas, culturales o recreativas, y de reproducci贸n, recuperaci贸n, adaptaci贸n y/o conservaci贸n de estos animales. Dentro de esta secci贸n quedan incluidos:
Zoo safaris
Parques o jardines zool贸gicos
Reservas zool贸gicas
Circos
Colecciones zool贸gicas privadas
Otras agrupaciones zool贸gicas
Secci贸n de instalaciones para el mantenimiento temporal de animales dom茅sticos: se consideran animales dom茅sticos todos aquellos destinados a vivir en domesticidad en el hogar, excluyendo los que aporten productos o usos de renta para los humanos. Queden incluidos en esta secci贸n:
Centros de cr铆a
Residencias y refugios
Escuelas de adiestramiento
Centros de recogida de animales
Perreras deportivas
Centros de importaci贸n de animales
Secci贸n de establecimientos de venta de animales. Quedan incluidos en esta secci贸n:
Tiendas de animales
Otros establecimientos de venta
Quedan excluidos los establecimientos que alberguen 茅quidos de forma exclusiva y los destinados a la pr谩ctica de la equitaci贸n. Corresponde al Departamento de Agricultura, Ganader铆a y Pesca su regulaci贸n.
La tenencia por un/a particular de diversas especies zool贸gicas diferentes y/o en un n煤mero que pueda comportar riesgos sanitarios se considerar谩 colecci贸n zool贸gica privada y, por lo tanto, estar谩 sometida a registro obligatorio.
Los particulares que realicen cualquier tipo de transacci贸n de cr铆as de animales son considerados a los efectos de esta disposici贸n criadores y, por lo tanto, est谩n obligados a inscribirse en el Registro de N煤cleos Zool贸gicos.
Requisitos que han de cumplir
Los establecimientos y las actividades objeto de ser n煤cleos zool贸gicos han de cumplir, adem谩s de lo que dispone la Ley de protecci贸n de los animales, los requisitos siguientes:
1. Emplazamiento adecuado, dotado de los medios necesarios para el aislamiento sanitario.
2. Instalaciones y equipos id贸neos que permitan el manejo higi茅nico del establecimiento.
3. Dotaci贸n de agua potable y de desguaces que garantizan la ausencia de perjuicios para el entorno, las personas y los otros animales.
4. Medios para la limpieza y desinfecci贸n del recinto de los animales, del material en contacto con estos y de los veh铆culos utilizados para el transporte, en caso de utilitzarse.
5. Las instalaciones deber谩n de garantizar unas condiciones de confort, durante todo el a帽o, en el alojamiento de los animales por tal de garantizar el bienestar animal.
6. Disponer de un sistema de eliminaci贸n de excrementos y orina.
7. Disponer de un sistema de destrucci贸n o eliminaci贸n de cad谩veres y materias contumaces.
8. Programa de higiene y profilaxis elaborado por un/a veterinario/a colegiado/a.
En todo caso, los titulares de los n煤cleos deber谩n garantizar la ausencia de perjuicios a terceros o al entorno y ser谩n responsables del que sus animales puedan ocasionar.
Documentaci贸n necesaria para registrarse
Debe solicitarse la inscripci贸n al Registro de N煤cleos Zool贸gicos previamente al inicio de sus actividades.
La documentaci贸n se presentar谩 en los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda.
Documentaci贸n que debe presentarse:
Impreso normalizado de solicitud de inscripci贸n en el Registro de N煤cleos Zool贸gicos debidamente cumplimentados.
Memoria de la actividad.
Copia de la autorizaci贸n ambiental, licencia ambiental, o comunicaci贸n al ayuntamiento, seg煤n corresponda de acuerdo con la normativa vigente.
Programa de higiene y profilaxis firmado per un/a veterinario/a colegiado/a.
Si el n煤cleo zool贸gico cumple todos los requisitos establecidos, los Servicios Territoriales del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda proceder谩n a la autorizaci贸n, la clasificaci贸n de la actividad y la inscripci贸n al Registro y entregar谩n al interesado/a el certificado acreditativo. Los establecimientos registrados solo podr谩n realizar las actividades para las que han sido autorizados y registrados.
La tasa para la inscripci贸n al Registro es de 39,45 鈧.
Ser谩n causa de baja en el Registro:
El cese de la actividad.
La suspensi贸n de la actividad durante m谩s de 12 meses.
El incumplimiento de cualquier de los requisitos necesarios para poder ser inscritos.
Las modificaciones de la actividad que comporten ampliaciones, traslado o cambios de titularidad deber谩n ser comunicadas al Registro. As铆 mismo, se deber谩 comunicar tanto la suspensi贸n como el cese de la actividad.
> Solicitud de cambio de titularidad
> Solicitud de cambio de nombre
> Solicitud de ampliaci贸n o modificaci贸n
Libro de registro
Los centros y/o establecimientos correspondientes a la secci贸n de n煤cleos zool贸gicos, la secci贸n de instalaciones para el mantenimiento temporal de animales dom茅sticos y la secci贸n de establecimientos de venta de animales han de llevar un libro de registro que especifique para cada animal el siguiente:
Fecha de entrada y procedencia, con identificaci贸n individual de la especie o raza.
Fecha de salida y destinaci贸n. Han de constar las bajas de animales por muerte, venta u otros motivos.